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Quiénes Somos

HISTORIA

Somos una compañía anónima fundada en el año 2002, desde aquel entonces se ha dedicado a la fabricación, importación y venta de mobiliario para oficina, hogar, espacios educativos, de alimentación y comunales.

Nuestra compañía pone mucho énfasis en el diseño y mejora continua de sus productos, de tal forma que ahora podemos contar entre nuestros fieles clientes a importantes empresas ecuatorianas e internacionales, entre las cuales podemos citar a SUMITOMO Corp., Laboratorios Pfizer, Fundación COLEGIO AMERICANO, Ecuador Bottling Company COCA-COLA, Conecel Porta, Banco Pichincha, Produbanco, Banco Procredit, Clínica Pichincha, Seguros Colonial, Universidad del Pacífico, Grupo Taca, IIASA Caterpillar, Clínica Pichincha, QUICENTRO Norte-Sur, Grupo Memorial, FLACSO, Policía Nacional, Ministerio de Relaciones Exteriores, Contraloría General del Estado, Instituto Nacional de Compras Públicas, Banco Central, CELEC, Naranjo Ordoñez, Lloyds Bank, Uribe & Schwarkopf, AGIP OIL, Duvelast Cia. Ltda. y un sinnúmero de entidades gubernamentales y privadas.

MISIÓN

VISIÓN

VALORES

  • Responsabilidad
  • Transparencia
  • Pasión
  • Integridad
  • Transformación

RESPONSABILIDAD SOCIAL

Cumplimos con las principales normas y certificaciones medioambientales para preservar y mantener un medio ambiente sostenible

COMPROMISO DE CALIDAD

Proporcionar al cliente la mejor experiencia de comodidad y funcionalidad en los mercados que servimos.

ERGONOMÍA

Auron S.A. busca siempre ofrecer productos que se ajusten a los más altos estándares internacionales de ergonomía.

CÓDIGO DE ÉTICA

CODIGO DE ÉTICA SMA SISTEMAS MODULARES AURON S.A.

TITULO l OBJETIVO

Artículo 1.-

Es propósito de este documento enunciar las normas y principios   morales que deben inspirar la conducta y el comportamiento de los directivos, funcionarios y trabajadores de la Entidad en el ejercicio de sus funciones.

TITULO II ALCANCE

Artículo 2.-

El Código de Ética Institucional es de aplicación a todas las personas que desarrollan actividades    en   la Institución o a nombre   de la Institución, tanto en funciones jerárquicas como subordinadas y cualquiera sea la naturaleza del vínculo laboral que mantengan con SMA SISTEMAS MODULARES AURON S.A., en el tiempo.

TITULO III NORMAS DE CONDUCTA

Artículo 3.-

Todo   trabajador de SMA   SISTEMAS MODULARES AURON   S.A.  se encuentra obligado y comprometido al cumplimiento de las siguientes normas de comportamiento:

  1. Evitar las   situaciones   en   cuyo   contexto    los   intereses   personales, labores, económicos o financieros pudieran estar en conflicto con el cumplimiento de los deberes y funciones   a su cargo.  Tampoco   deberá dirigir, administrar, asesorar, patrocinar, representar ni prestar servicios, remunerados o gratuitos, a personas o empresas   que mantengan   una relación   comercial   o de cualquier índole con la institución, ni mantener vínculos que le signifiquen beneficios u obligaciones.
  2. Evitar acciones que pudieran  poner en riesgo el patrimonio,  la  imagen que se proyecta a la  comunidad  o la  operatividad de la  Institución,  debiendo  guardar reserva respecto de  los  hechos   o  informaciones  de  las  que  tengan   conocimiento  con  motivo  o  en ocasión    del   ejercicio    de   sus   funciones,    sin   perjuicio   de   los   deberes    y   las responsabilidades que  le  correspondan  en virtud  de las  normas  que regulan  el secreto fiscal  o la reserva  administrativa,  evitando  filtrar o entregar   información  a terceros  o las partes interesadas en litigios o controversias sobre los que SMA SISTEMAS MODULARES AURON  A. debe pronunciarse.
  3. Desechar   las presiones   políticas, económicas, familiares o de cualquier otra índole que limiten o desvíen el ejercicio de su función.
  4. Prevenir situaciones que pudiesen poner en peligro la salud de los trabajadores usuarios, y/o causar daños materiales como consecuencia de deficiencias en las instalaciones o equipos, debiéndose   actuar   con   la   celeridad    del   caso   e informando a las   instancias correspondientes para que adopten   las acciones correctivas necesarias.

TITULO IV PRINCIPIOS GENERALES

Artículo 4.-Excelencia

Actuar con eficacia y eficiencia en el desempeño de sus funciones.

Artículo 5.- Compromiso

Actuar identificados con SMA SISTEMAS MODULARES AURON S.A. y con sus funciones de manera proactiva.

Artículo 6.- Servicio

Disposición para ayudar a los demás.  Conducirse en todo momento   con respeto y corrección, en su trato con los usuarios internos y externos.

Artículo 7.- Responsabilidad

Cumplir con las funciones   asignadas, asumiendo   las consecuencias de sus acciones y decisiones.   Cuanto más alto sea el cargo que desempeñe mayor es su responsabilidad para el cumplimiento de las disposiciones del presente Código de Ética.

Artículo 8.- Transparencia

Desarrollar sus funciones   teniendo   en consideración el derecho   de los   usuarios   de recibir la información necesaria sobre la acción desarrollada por la Institución.

Artículo 9.- Probidad

Actuar con rectitud y honradez.  Desechar todo provecho o ventaja personal obtenida para sí o para terceras personas.

TITULO V PRINCIPIOS PARTICULARES

Artículo 10.- Equidad e Igualdad de Trato

Aplicar criterios de equidad en el tratamiento de las situaciones que se presentan en el desempeño de sus funciones, tratando de manera justa a todas las personas sin distinción de raza, religión, ideología política, capacidad física, edad, estado civil o nacionalidad.

Artículo 11.- Veracidad

Buscar   la   verdad   en el ejercicio   de sus funciones, tanto   en   la   relación   con   otros integrantes de la Institución como con los usuarios en general.

Artículo 12.- Reserva

Guardar discreción respecto de la información que tuviere conocimiento por razón de sus funciones y abstenerse de difundir o utilizar en beneficio propio o de terceros, o para fines ajenos al servicio, información que haya sido calificada como reservada conforme a las disposiciones vigentes.

Artículo 13.- Capacitación

Cultivar la disposición para capacitarse permanentemente para el buen ejercicio de sus funciones.

Articulo 14.- Uso adecuado de los bienes

Proteger y conservar los bienes de la SMA SISTEMAS MODULARES AURON S.A., utilizando los que le fueran asignados para el estricto cumplimiento de sus funciones de manera racional, evitando su abuso, derroche o desaprovechamiento.

Articulo 15.- Uso adecuado del tiempo de trabajo

Los horarios de trabajo deben ser ocupados en un esfuerzo responsable para cumplir los deberes inherentes. a la función, evitando el uso de dicho horario para actividades ajenas a la misma.

Articulo 16.- Colaboración

Disposición para brindar el apoyo en aquellas tareas que por su naturaleza no sean estrictamente inherentes a su función, siempre que ello resulte necesario para superar dificultades

Artículo 17.-Tolerancia

Observar frente a las críticas de los usuarios/administrados, un grado de tolerancia superior al que razonablemente, pudiera esperarse de un ciudadano común.

Artículo 18.- Obligación de Denunciar

Denunciar inmediatamente con las pruebas del caso a la Gerencia General, con la debida reserva, cualquier falta a la ética de la que tenga conocimiento con motivo o en ocasión del ejercicio de sus funciones y que pudieran causar perjuicio a la Institución o constituir un delito o violaciones a cualquiera de las disposiciones contenidas en el presente Código de Ética.

TITULO VI PROHIBICIONES

Articulo 19.- Colusión

Está prohibido   cualquier   forma de colusión   con   los   proveedores, prestadores de servicios o empresas que se encuentran en el ámbito de supervisión de la Institución.

Artículo 20.- Nepotismo

Los funcionarios están impedidos de contratar o promover   la contratación de sus parientes y lo familiares bajo cualquier modalidad   a menos que sea debidamente autorizado por la Gerencia General.

Artículo 21.- Proselitismo Político

Los funcionarios y trabajadores están prohibidos de participar, ayudar o apoyar, a un determinado grupo o facción   política, durante el desarrollo de sus labores en la Institución, debiendo actuar con imparcialidad, autonomía e independencia.

Artículo 22.- Regalos, Beneficios y otros

Todo trabajador de la Institución, cualquiera sea su nivel jerárquico no debe, ni directa o indirectamente, ni para sí, ni para terceros, solicitar o aceptar dinero, especies, dádivas, beneficios, regalos, favores promesas u otras ventajas en las siguientes situaciones:

  1. Para hacer retardar o dejar de hacer tareas relativas a sus funciones.
  2. Para hacer valer su influencia ante otro funcionario, a fin de que este haga retarde o deje de hacer tareas relativas a sus funciones.
  3. Cuando no se habrían ofrecido o dado si el funcionario no desempeñara ese cargo o función.
  4. Para proporcionar a terceros información que le signifique una ventaja o privilegio que pondría en riesgo el debido proceso que se lleve a cabo al interior de la institución.

Quedan exceptuados los regalos que, por su valor exiguo, según las circunstancias, no pudieran   razonablemente   ser considerados como   un medio   tendiente   a afectar   la voluntad del funcionario.

TITULO VII DISPOSICIONES FINALES

Artículo 23.-

El incumplimiento de cualquier artículo del presente Código de Ética, constituye falta susceptible de sanción disciplinaria, dando origen a las sanciones   contempladas en el Reglamento Interno de Trabajo.

Artículo 24.-

El Código de Ética Institucional de SMA SISTEMAS MODULARES AURON S.A., no sustituye ni modifica cualquier norma legal de índole laboral, tributaria, económica o presupuesta), reglamento interno de trabajo, pactos, convenios u otros similares, debiendo adecuarse en todo caso a lo que resulte más ético, transparente y eficaz.

Dado y firmado en la ciudad de Quito a los 15 días del mes de noviembre del 2018.

Ing. Fernando Mera

GERENTE GENERAL

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